CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.
Fíjase en $ 120:000.000 (ciento veinte millones de pesos) la partida anual establecida en el Programa 12.04 del Inciso 12 del Ministerio de Salud Pública por el artículo 434 de la ley N.o 14.106, de 14 de marzo de 1973.Ayuda