Créase el Centro Tecnológico Educativo y Cultural (CTEC) dependiente del
Ministerio de Educación y Cultura cuyo cometido será investigar,
programar, ejecutar, adquirir, distribuir y evaluar el material requerido por los planes educativos y de cultura popular, cuya producción demande tecnología. Dicho Centro se integrará previa evaluación, con la totalidad de los recursos económicos, técnicos y humanos actuales con que cuenten los organismos de la enseñanza y se encuentren aplicados a la tecnología educativa.
En un plazo de ciento ochenta días el Poder Ejecutivo reglamentará el
presente artículo.