Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 358

  Las competencias establecidas para Organismos o Comisiones dependientes 
del Ministerio de Educación y Cultura podrán ser redistribuidas en 
función de las necesidades de los servicios, siempre que las mismas se establezcan en el respectivo decreto de creación o modificación de la Comisión y Organismos de que se trate.

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