Autorízase a la Dirección General de Telecomunicaciones, a adquirir hasta ciento cincuenta bicicletas a motor, libre de todo tributo, depósito o recargo, así como de proventos portuarios. El Poder Ejecutivo, reglamentará el presente artículo. A tales efectos créase una partida por una sola vez de $ 25:000.000 (veinticinco millones de pesos).