Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 320

  Fíjase en el Programa 9.07 "Servicios de Telecomunicaciones", la 
compensación que perciben los mensajeros por cada telegrama entregado, en la suma de $ 12 (doce pesos).
  
  La Contaduría General de la Nación, incrementará la dotación del Rubro 
0 "Retribución de Servicios Personales", Renglón 089 en la suma de pesos 
15:000.000 (quince millones de pesos) a los fines dispuestos en este artículo.

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