Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 219

   Establécese a partir del 1.o de enero de 1974, la siguiente 
Codificación y Grado para los cargos del personal comprendido en este 
Inciso.

Programa        Denominación del Cargo            Código Grado

07               Sub-Director Nacional de Aduanas    Ab E 2
                 Administrador de Aduana Capital     Ab E 1
                 Sub-Administrador de Aduana  
                 Capital............................ Ab E 1

    Los beneficios que percibían los funcionarios de este Programa por 
aplicación de lo dispuesto en el artículo 448 de la ley N.o 13.640, de 26 de diciembre de 1967 se considerarán "Compensaciones Congeladas" 
(Artículo 11).

   Asimismo, los beneficios que percibían los funcionarios al 31 de 
diciembre de 1973, por aplicación del inciso 21 del artículo 163 de la 
ley N.o 14.106 de 14 de marzo de 1973, se mantendrán sin aumento alguno.

Ayuda