Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 164

   Los Programas de funcionamiento del Inciso 3 se numerarán desde el 01 
al 20; los de transferencias desde el 21 al 30, y los de inversiones del
31 al 40.

   La Contaduría General de la Nación efectuará las correcciones que 
correspondan.

Ayuda