CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.
(Aumentos de compensaciones congeladas). Las compensaciones congeladas tendrán un aumento del 59 por ciento (cincuenta y nueve por ciento) sobre el monto de las mismas que venían percibiendo los funcionarios, aplicado en la forma dispuesta en cada inciso, con las excepciones establecidas por esta ley al 30 de junio de 1973.Ayuda