Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 135

   Establécese que la retribución de los Escribanos del Programa 3.08 
"Prefectura Nacional Naval" será la siguiente: 
Escribano Director AaA
(Asignación del Grado de Capitán).
Escribano Jefe de Escribanía de Marina AaA 
(Asignación del Grado de Teniente 1°).

Ayuda