Fecha de Publicación: 05/03/1974
Página: 470-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 23

   Cada una de las Fuerzas tiene un Comandante en Jefe que es a la
vez asesor del Mando Superior. Dicho Comandante es asistido por un Estado 
Mayor.Cada una de las Fuerzas está organizada y tiene los cometidos que 
se establecen en sus respectivas Leyes Orgánicas.
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