Fecha de Publicación: 05/03/1974
Página: 470-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 102

   El personal militar enviado al exterior en misiones oficiales de
cualquier naturaleza, excepto las de carácter diplomático, percibirá su 
haber mensual más el 50% (cincuenta por ciento) del mismo y un viático 
proporcional al grado, a determinar por el Poder Ejecutivo que asegure al personal una vida compatible con el decoro exigible.
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