MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
No se hará en los legajos ninguna anotación desfavorable para el funcionario sin que éste haya sido notificado y oído en el respectivo expediente o información.
Los funcionarios podrán obtener, en cualquier tiempo, vista de su correspondiente legajo.
CAPITULO V
De los derechos de los funcionarios
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