{  "tipoNorma" : "Decreto Ley" 
  ,"nroNorma" : "9334" 
  ,"anioNorma" : 1934 
  ,"nombreNorma" : "SERVICIO EXTERIOR. FUNCIONARIOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1934/05/07/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/03/1934" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/05/1934" 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/9334-1934/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Sólo podrá utilizarse el rubro \"Eventuales por viático\", que figura en el ítem número 451 del Presupuesto General de Gastos, el que se fija en la cantidad de $ 25.000.00, para satisfacer el importe de viáticos y pasajes de los Diplomáticos y funcionarios Consulares en los casos de designaciones y de conformidad con las disposiciones legales. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/9334-1934/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las cantidades por viáticos y pasajes acordadas por las leyes respectivas\r\na los funcionarios Diplomáticos y Consulares por traslados dispuestos por el Poder Ejecutivo, serán satisfechos directamente con cargo a Rentas Generales, para lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores dispondrá lo conveniente para situar en un Banco en el extranjero el importe de la renta recaudada por determinadas oficinas consulares, en la cantidad suficiente para satisfacer aquellas erogaciones legales. Dicha cuenta será liquidada al finalizar cada ejercicio económico y el saldo que pudiera resultar ingresará a la cuenta del Superior Gobierno, debiendo enviarse al Cuerpo Legislativo la relación del movimiento a que ha dado lugar, conforme a lo que por el presente decreto se dispone.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/9334-1934/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La cantidad necesaria para satisfacer la diferencia en el rubro citado\r\nserá cubierto, en el presente ejercicio, por economías que deberá efectuar el Ministerio de Relaciones Exteriores en las diferencias de cambios de sueldos\r\ny partidas de gastos de los funcionarios Diplomáticos y Consulares. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/9334-1934/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n\r\n " 
  } 
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  ,"firmantes" : " TERRA - ALBERTO MAÑE - PEDRO COSIO " 
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