DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 31/01/1985
Publicación: 15/04/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 577

Artículo 1

  Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado -Banco
Hipotecario del Uruguay-, afectándose a los servicios de la Administración
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), el inmueble Padrón N.O
410.436 (parte) fracción 2 antes Padrón Nº. 66.898, sito en la Cuarta
Sección Judicial del departamento de Montevideo que según plano del
ingeniero César Díaz Daray, individualizado con el Nº. 1042 en la sección
Expropiaciones, Avaluaciones y Archivo de Títulos de la Administracion
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) del mes de octubre de
1983, consta de un área de 1.170,72 m2, siendo su deslinde el siguiente:
al Sureste, 30 m de frente sobre la calle Justo Maeso; al Suroeste, 40 m
lindando con los padrones número 66.965, 66.962 y 66.961; al Noroeste,
28,58m de fondo, y al Noreste, 39,97 m lindando en lindando en estas dos
últimas direcciones con el Padrón número 410.436 del cual procede, su
vértice más próximo dista 212,25 m de la esquina formada por las calles
Justo Maeso y Larravide y está al Noreste del predio.

GREGORIO C. ALVAREZ - FILIBERTO GINZO GIL - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS -
ENRIQUE V. FRIGERIO
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