LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO IV - PERSONAL MILITAR
CAPITULO VI - RECLUTAMIENTO
PERSONAL DEL EJERCITO PERMANENTE

Artículo 88

   Reviste el carácter de voluntario contratado, el Personal Subalterno
que se obliga a servir al Ejército Permanente por un contrato inicial de
dos años y los siguientes por un año, mientras conserve las aptitudes
requeridas y sean convenientes sus servicios acorde a lo determinado en la
reglamentación correspondiente, salvo las excepciones a este régimen
general que establezca la misma.

   La edad mínima de ingreso será de dieciocho años, sin perjuicio de lo
que las reglamentaciones respectivas determinen respecto a los alumnos y
aprendices de las Escuelas e Institutos de enseñanza militar.
Ayuda