DENOMINACION DE FONDO ESPECIAL DE TUTELA SOCIAL, AL FONDO ESPECIAL INSTITUIDO POR LA LEY 12.802




Promulgación: 01/06/1984
Publicación: 18/06/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 941
Reglamentada por: Decreto Nº 326/984 de 14/08/1984.

Artículo 1

   El Fondo Especial creado por el artículo 11 de la Ley Nº 12.802, de 30
de noviembre de 1960, sus modificativos y concordantes, se denominará
Fondo Especial de Tutela Social, será administrado por el Servicio de
Tutela Social de las Fuerzas Armadas y será destinado a atender los fines
del servicio establecido en el literal A) del artículo 27 del Decreto Ley
Nº 14.157, de 21 de, febrero de 1974. La reglamentación establecerá las
condiciones de realización de los servicios y determinará las áreas que
comprendan así como los montos a invertir.  (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 116.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.569 de 01/06/1984 artículo 1.
Referencias al artículo

GREGORIO C. ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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