EXONERACION DE TASA DE SERVICIOS REGISTRALES




Promulgación: 23/12/1983
Publicación: 19/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1321

Artículo 1

   Exonérase de la Tasa de Servicios Registrales creada por el artículo 83
de la ley 15.167, de 6 de agosto de 1981, que grava cada certificado que
se solicite a los Registros Públicos del Programa 1.03 "Inscripciones y
certificación de actos y contratos y servicios notariales" a las
solicitudes que presenten los organismos de la Administración Central.
   Tales solicitudes deberán hacer expresa mención de la presente ley y
estar firmadas por el jefe de los Servicios Notariales.

GREGORIO C. ALVAREZ - ENRIQUE V. FRIGERIO - HUGO LINARES BRUM - CARLOS A.
MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JUSTO M. ALONSO - JUAN BAUTISTA
SCHROEDER - ALFONSO M. ALGORTA DEL CASTILLO - JUAN A. CHIARINO ROSSI -
NESTOR J. BOLENTINI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA
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