FIJACION DE PLAZO PARA LA INSCRIPCION DE LAS PROMESAS DE ENAJENACION DE INMUEBLES A PLAZO, EN EL REGISTRO CORRESPONDIENTE




Promulgación: 23/12/1983
Publicación: 16/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1316

Artículo 2

   En cualquier cuestión que se suscitare con motivo de la inscripción,
entre las partes o respecto de terceros, entenderá la Dirección General de
Registros dependiente del Ministerio de Justicia, conforme con lo
dispuesto por la ley 14.862, de 8 de enero de 1979 y Decreto Reglamentario
168/979, de 20 de marzo de 1979.
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