Transfórmanse, a medida que se generen las vacantes respectivas, en el
Programa 1.08, "Dirección Nacional de Asistencia Social Policial",
cuarenta y cuatro cargos de Agentes de Segunda Escalafón Bg. Grado 1, en
cuarenta y cuatro cargos de Agentes de Segunda (PA), Escalafón Bg., Grado
1.
Los actuales ocupantes de los cargos de Agentes de Segunda, Escalafón
Bg., Grado 1, podrán optar por pasar al Subescalafón de Policía
Administrativa (PA), en un lapso de ciento veinte días a contar de la
publicación de la presente ley, en cuyo caso la transformación dispuesta
en el párrafo anterior operará de inmediato.