FIJACION DE NORMAS PARA LEGALIZAR DOCUMENTOS EXTRANJEROS




Promulgación: 01/08/1983
Publicación: 10/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 233
Referencias a toda la norma

Artículo 7

  Sin perjuicio de lo anterior, se considerarán también válidas las
traducciones realizadas por el agente consular de la República del lugar
de donde procede el documento.
Referencias al artículo
Ayuda