Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado
(Ministerio del Interior), y afectase a los servicios del Consejo Nacional
de Educación la fracción Nº 1 del inmueble empadronado con el Nº 5.876, en
mayor área, ubicado en la Décima Sección Judicial del departamento de
Cerro Largo, que según plano de mensura y deslinde del ingeniero
agrimensor Eduardo Sierra, de 17 de noviembre de 1982, inscripto en la
Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del
Estado con el Nº 1.412, el 4 de marzo de 1983, se compone de una
superficie de 4 Há 5.325 m², que se deslinda así: 277,69 m de frente al
Sureste, sobre la Ruta Nacional Nº 8 "Brigadier General Juan Antonio
Lavalleja"; 337,27 m al Noroeste, lindando con resto del Padrón Nº 5.876
en mayor área y 377,09 m al Noreste, lindando con Padrón Nº 8.529. (*)
El Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Educación acordarán las
compensaciones que pudieren corresponder como consecuencia de la
desafectación y afectación dispuestas por el artículo anterior.
El Registro de Traslaciones de Dominio procederá a la registración
correspondiente, con la sola presentación de certificado notarial que se
expedirá con referencia precisa a los datos individualizantes del bien
raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento
respectivo.