La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland
(ANCAP) deberá consignar a favor del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, a título de compensación, en la Cuenta Nº 30.198/50 IMTOP
abierta en el Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa Central),
el importe equivalente a esa fecha a UR. 1.312.9575 (Unidades Reajustables
un mil trescientas doce con nueve mil quinientas setenta y cinco diez
milésimas).