{  "tipoNorma" : "Decreto Ley" 
  ,"nroNorma" : "15336" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "AFECTACION DE BIEN INMUEBLE. COLONIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/11/05/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/10/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/11/1982" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 647 
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  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15336-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Aféctase a la Administración Nacional de Puertos un solar de terreno\r\ncon sus construcciones y demás accesiones dominiales, ubicado en la\r\nPrimera Sección Judicial del departamento de Colonia, empadronado en mayor\r\nárea con el Nº 1436, y que según plano de agrimensor Jorge R. Mondon, de\r\nagosto de 1981, inscripto el 28 de abril de 1982 en la Dirección General\r\ndel Catastro Nacional con el Nº 8.598, se compone de una superficie total\r\nde 4.460.44 m², que se deslindan así: 71,90 m. de frente al Norte, a la\r\ncalle Doctor Luis Casanello; 61,40 m. al este y 80,65 m. al Sur,\r\nconfinando con resto del Padrón Nº 1436, y al Oeste línea quebrada\r\ncompuesta de tres tramos rectos de 34,20 m. 6 m. y 17,90 m. confinando con\r\nlos Padrones Nros. 1715 y 1417, desafectándolo de su actual destino en el\r\npatrimonio del Estado (Dirección de Zonas Francas).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15336-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El Poder Ejecutivo acordará con la Administración Nacional de Puertos,\r\nsi así correspondiere, las compensaciones debidas como consecuencia de la\r\ndesafectación y afectación dispuestas por la presente ley.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15336-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " GREGORIO C. ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D. TOURREILLES\r\n " 
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