AFECTACION DE BIEN INMUEBLE. COLONIA




Promulgación: 25/10/1982
Publicación: 05/11/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 647

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo acordará con la Administración Nacional de Puertos,
si así correspondiere, las compensaciones debidas como consecuencia de la
desafectación y afectación dispuestas por la presente ley.
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