{  "tipoNorma" : "Decreto Ley" 
  ,"nroNorma" : "15317" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL PLAZO PARA LA INSCRIPCION DE NACIMIENTOS EN EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/09/03/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/08/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/09/1982" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 331 
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  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15317-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase el artículo 24 de la ley 1.430, de 12 de febrero de 1879, el\r\nque quedará redactado de la siguiente manera:\r\n\r\n     \"ARTICULO 24. La declaración de los nacimientos verificados en el\r\nterritorio de la República deberá hacerse ante el Oficial de estado Civil\r\ndel lugar, dentro de los diez días hábiles siguientes al parto. Para las\r\nsecciones rurales el término será de veinte días hábiles.\"\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos-ley/15317-1982/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15317-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " GREGORIO C. ALVAREZ - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA\r\n " 
 }