{  "tipoNorma" : "Decreto Ley" 
  ,"nroNorma" : "15316" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "DESAFECTACION DE BIEN PUBLICO. PASO DE LOS TOROS. TACUAREMBO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/09/13/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/08/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/09/1982" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 329 
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  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15316-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado\r\n(Ministerio de Defensa Nacional), afectándose a la Administración Nacional\r\nde Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), el inmueble Padrón Nº 2026\r\n(parte), sito en la ciudad de Paso de los Toros, Décima Sección Judicial,\r\nzona rural, del departamento de Tacuarembó, que según plano del ingeniero\r\nagrimensor Jorge Laviano, individualizado con el Nº 916 en la Sección\r\nExpropiaciones, Avaluaciones y Archivo de Títulos de la Administración\r\nNacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), de fecha 11 de junio\r\nde 1981, consta de una superficie de 4.500 m2, que se deslindan así: 50 m\r\nal Sur, de frente a la Ruta Nacional Nº 5 \"Brigadier General Fructuoso\r\nRivera\"; 90 m al Oeste; 50 m al Norte, y 90 m al Este; los tres últimos\r\nlindando con el Padrón número 2026 (parte restante en mayor área).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15316-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El Poder Ejecutivo acordará con la Administración Nacional de Usinas y\r\nTrasmisiones Eléctricas (UTE) las compensaciones que pudieren corresponder\r\ncomo consecuencia de la precedente mutación dominial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15316-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El Registro de Traslaciones de Dominio procederá a la registración\r\ncorrespondiente con la sola presentación del certificado notarial que se\r\nexpedirá con referencia precisa de todos los datos individualizantes del\r\nbien raíz, título y modo de adquisición, y a la inscripción del\r\ninstrumento respectivo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/15316-1982/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " GREGORIO C. ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JULIO\r\nCESAR ESPINOLA\r\n " 
 }