Créase una Cátedra de Conferencias destinadas a divulgar la
vida y el que hacer de los uruguayos que realizaron obra perdurable en los
campos de las ciencias, las artes, las letras, la filantropía y el
civismo.
La Cátedra de Conferencias tendrá como sede el Instituto Nacional del
Libro, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura o cualquier otra
entidad que haga las veces de aquél o le sustituya según lo disponga el
Poder Ejecutivo, siempre que tenga a su cargo el gobierno y la difusión
del acervo bibliográfico del país.