Apruébase el Contrato de Préstamo número 1.779-UR celebrado el 6 de
marzo de 1980 entre la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (UTE) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, su
correspondiente Contrato de Garantía otorgado por la República Oriental
del Uruguay al referido Banco en la misma fecha y Cartas Complementarias
por un monto en diversas monedas equivalentes a dólares 24:000.000,00
(veinticuatro millones de dólares de los Estados Unidos de América),
destinados a financiar parcialmente las obras y equipamiento del Quinto
Proyecto Nacional de Energía Eléctrica a realizarse en los años 1980/982.
(*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.