DESIGNACION DE CARGOS INFERIORES AL DE CONSEJERO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 09/05/1980
Publicación: 13/06/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1889

Artículo 1

   Durante el lapso de tres meses a partir de la fecha de vigencia de la
presente ley, el Poder Ejecutivo podrá designar en cargos de categoría
inferior a la de Consejero, sin las limitaciones de los artículos 20 y 35
de la ley 14.206, de 6 de junio de 1974, a quienes reuniendo todas las
demás exigencias para la designación, acrediten los siguientes requisitos:
A) Haber sido con anterioridad funcionario del Escalafón del Servicio
   Exterior;
B) Haber cesado en su cargo por razones ajenas a su voluntad y no
   imputables a su actuación funcional.
   En ningún caso podrán reingresar los funcionarios comprendidos
en los artículos 20, 31 o 60 de la ley 14.206, de 6 de junio de 1974.

APARICIO MENDEZ - JULIO C. LUPINACCI
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