PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1979




Promulgación: 28/12/1979
Publicación: 17/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 2012

Artículo 64

   Transfórmanse al vacar los cargos de Subdirector Nacional y de
Directores Generales del Programa 1.07 "Dirección Nacional de Aduanas"
en cargos de Director de División en sus respectivos escalafones.
   Las funciones del Subdirector Nacional y de Directores Generales
producidas las vacantes, serán desempeñadas por los funcionarios designados por la Dirección Nacional entre los titulares de los cargos
correspondientes a Director de División de los Escalafones Administrativo
(Ab), Especializado (Ac) y Técnico Profesional (AaA). La Dirección Nación
podrá, cuando lo estime conveniente para el mejor cumplimiento de las
funciones, revocar dicha designación, en cuyo caso, el funcionario pasará
a desempeñar las funciones del cargo del cual es titular.
   Quienes fueran llamados a cumplir las funciones a que se hace
referencia en el inciso anterior, percibirán una remuneración
complementaria del 45% (cuarenta y cinco por ciento) para la función del
Subdirector Nacional y del 35% (treinta y cinco por ciento) para la de
Director General.
   La Dirección General podrá conceder las compensaciones establecidas
en la presente norma, a los actuales titulares de los cargos que por la
presente disposición se transformarán en funciones al vacar.
   Quien ejerza la función de Director General Contable deberá, además,
poseer el título de contador público.
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