DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. VILLA SANTA CLARA DE OLIMAR. TREINTA Y TRES




Promulgación: 05/01/1978
Publicación: 10/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 65

Artículo 1

   Declárase feriado no laborable el día 7 de marzo de 1978, para la villa
Santa Clara de Olimar en el departamento de Treinta y Tres, con motivo de
celebrarse el centenario de su fundación.

Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en la villa Santa Clara de
Olimar a disfrutar de licencia el día 7 de marzo de 1978, con el fin de
concurrir a los actos de celebración de dicho aniversario que se realicen
en la mencionada villa.

 Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en dicha autorización
dispondrán las medidas de control pertinentes respecto a la efectiva
concurrencia a los actos de quienes la invoquen para disfrutar del asueto.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - DANIEL DARRACQ
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