APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL ENTRE BRASIL Y URUGUAY, RELATIVO A EXONERACIONES TRIBUTARIAS PARA LA CONSTRUCCION DE NUEVAS CANCILLERIAS EN AMBOS PAISES




Promulgación: 19/10/1977
Publicación: 26/10/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 830

Artículo 1

  Apruébase el Acuerdo suscrito con fecha 7 de julio de 1977, entre los
Gobiernos de la República Federativa del Brasil y la República Oriental
del Uruguay, por el que se establece la disposición de ambos Gobiernos de
proceder a la exoneración del Impuesto al Valor Agregado para todos los
materiales y servicios destinados a la construcción de la nueva
Cancillería de la República Federativa del Brasil en Montevideo, sobre la
base recíproca de que a su vez ésta exonere de los impuestos equivalente
para la construcción de la Sede de la Embajada de la República Oriental
del Uruguay en Brasilia. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.
Fe de erratas publicada/s: 14/11/1977.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

  APARICIO MENDEZ - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI
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