TITULOS VALORES




Promulgación: 12/09/1977
Publicación: 21/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 380
Referencias a toda la norma

TITULO TERCERO - VIGENCIA, DEROGACIONES, DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 127

   La presente ley entrará en vigencia el 1º de noviembre de 1977.
   No obstante no se aplicará a los títulos-valores de fecha anterior a
dicha vigencia.
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