AUTORIZACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE COMBUSTIBLES, ALCOHOL Y PORTLAND, A LA ENAJENACION DE INMUEBLES DENOMINADOS ESTABLECIMIENTO AGRICOLA DE JUANICO Y EL ESPINILLAR




Promulgación: 08/07/1976
Publicación: 16/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 110

Artículo 1

  Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland (ANCAP) a proceder a la enajenación total o parcial de los
siguientes inmuebles: Padrón Nº 12.132, ubicado en la 1ª Sección Judicial
del departamento de Canelones, denominado Establecimiento Agrícola
Juanicó; y Padrón Nº 1.329, ubicado en la 11ª Sección Judicial del
departamento de Salto, en el que se hallan instalados los cultivos de caña
de azúcar y el ingenio, conocidos por la denominación de El Espinillar.
El producido de dichas ventas será destinado a las actividades propias del
Organismo.

Artículo 2

  Comuníquese, etc.

  DEMICHELI - CARLOS A. BORELLI
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