MODIFICACION DE LOS PROGRAMAS Y SUBPROGRAMAS PRESUPUESTALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 23/12/1975
Publicación: 31/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1823
Referencias a toda la norma
                          AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Artículo 1

Modifícanse los Programas y Subprogramas Presupuestales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social (Inciso 13), de acuerdo a los nombres,
descripciones y objetivos que se establecen en la presente ley:

                              PROGRAMA: 1.01

I)   Nombre del Programa:

     Administración General.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.

III) Integración:

     Despachos del Ministro y Subsecretario, Dirección General, Organos de
     Asesoramiento, Organos Administrativos, Oficinas Regionales y
     Servicios Auxiliares.

IV)  Descripción:

     Por este Programa se cumplirán las actividades y tareas relacionadas
     con la formulación, coordinación, contralor y evaluación de las
     políticas, planes, programas y actividades en materia de trabajo,
     seguridad social, recursos humanos y empleo, y la dirección y
     administración superior de todas las reparticiones y servicios del
     Ministerio, así como su representación política y administrativa, la
     supervisión de las dependencias centralizadas, de los entes
     autónomos, de los servicios descentralizados y de las personas
     públicas no estatales con cometidos en materia de trabajo y
     seguridad social, recursos humanos y empleo, conforme a las normas,
     planes y presupuestos en vigencia.

V)   Actividades:

     a)   Administración Superior: se realiza a través de los despachos
          del Ministro, Subsecretario, Director General de Trabajo y
          Seguridad Social, Subdirector General y, Coordinador de Oficinas
          Regionales y se relaciona con la determinación de los objetivos
          del Sector, supervisión y control de la gestión ministerial en
          los diversos ámbitos de actuación a cargo de esta Secretaría,
          persiguiéndose una eficaz orientación de los distintos programas
          y una cabal coordinación entre los mismos mediante la
          sistematización uniforme de normas, procedimientos y pautas de
          trabajo para lograr una mejor administración de los recursos
          humanos, materiales y financieros que permita la obtención de
          los objetivos establecidos.

     b)   Asesoramiento se cumple por la Asesoría Jurídica, la Oficina
          Sectorial de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Sectorial
          del Servicio Civil, la Asesoría en Relaciones Internacionales y
          la Asesoría en Relaciones Públicas y comprende el asesoramiento
          a los órganos de Administración Superior en materia jurídica,
          en planeamiento y presupuesto, en administración de personal y
          racionalización administrativa, en relaciones internacionales
          y en relaciones públicas.

     c)   Administrativas: se desarrollan a través de la Dirección de
          Administración y se relacionan con la Secretaría, con el trámite
          y sustanciación de documentos; administración de los recursos
          humanos; contralor e información centralizadas del personal del
          Ministerio; planificación y administración documentaria;
          asistencia administrativa a las Juntas, Comisiones o Consejos
          Consultivos y funcionamiento de los Servicios Generales.

     d)   Administración financiero-contable: se cumple a través del
          Departamento Financiero - Contable que tiene relación con la
          administración de los recursos financieros y materiales y el
          contralor interno de la gestión económico-financiera, bajo la
          superintendencia de la Contaduría General de la Nación y sin
          perjuicio de las funciones de contralor que compete al
          Tribunal de Cuentas y las que pudieren encomendarse legalmente
          a la Inspección General de Hacienda.

           En tal sentido, efectuará el registro, control y rendición de
          recaudaciones de recursos y las afectaciones, intervención
          previa, liquidaciones, pago y rendición de los gastos e
          inversiones, el movimiento de fondos y valores, la contabilidad
          general del Ministerio, la programación y sustanciación de
          compras, la ejecución de los suministros y el registro y control
          del movimiento patrimonial.

     e)   Dirección y coordinación regional: se cumple por las Oficinas
          Regionales y tiende a llevar a cabo en regiones delimitadas, el
          contralor de la ejecución de los programas, planes y actividades
          en las materias de Trabajo, Seguridad Social, Recursos Humanos y
          Empleo.

           El Director Regional actuará como delegado de la Dirección
          General a la que se conecta a través del Coordinador de las
          Oficinas Regionales.

           Le corresponde dirigir y vigilar el funcionamiento de las
          dependencias del Ministerio en su región y coordinar su acción
          y la de organismos de Seguridad Social vinculados al Ministerio
          a fin de obtener la máxima eficiencia.


                              PROGRAMA: 1.02

I)   Nombre del Programa:

     Estudio, Coordinación y Ejecución de la Política Laboral.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección Nacional de Trabajo.

III) Integración:

     Centro de Asesoramiento y Asistencia Jurídica en Materia Laboral;
     Dirección de Salarios y Relaciones Laborales; Inspección General del
     Trabajo y se la Seguridad Social.

IV)  Descripción:

     Por este Programa se cumplirán las actividades y tareas relacionadas
     con la dirección, coordinación y ejecución de la política, planes y
     programas que correspondan al Ministerio de Trabajo y Seguridad
     Social en materia laboral en todo el territorio nacional.


                              SUBPROGRAMA: 1.02.01

I)   Nombre del Subprograma:

     Dirección y Coordinación.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección Nacional de Trabajo.

III) Descripción:

     A través de este Subprograma se planifica, dirige, coordina y
     supervisa el cumplimiento de los cometidos asignados a la Dirección
     Nacional del Trabajo y el funcionamiento de las unidades de su
     dependencia y se brinda asesoramiento en las materias de su
     competencia a la autoridad superior.

      Contará con el asesoramiento de unidades especializadas en materia
     contable, legal y técnica.


                              SUBPROGRAMA: 1.02.02

I)   Nombre del Subprograma:

     Asesoramiento y Asistencia Jurídica en Materia Laboral.

II)  Unidad Ejecutora:

     Centro de Asesoramiento y Asistencia Jurídica en Materia Laboral.

III) Descripción:

      Mediante este Subprograma se prestará asesoramiento a toda persona
     física o jurídica que lo solicite, por intermedio de personal
     técnico especializado. Asimismo asistirá jurídicamente a todos los
     trabajadores con derecho a indemnizaciones y compensaciones de
     índole diversas emanadas de derechos adquiridos por relación de
     dependencia con la sola limitación de cuantía que determinará el
     Poder Ejecutivo.

      Propenderá al mejor entendimiento de las partes en conflicto,
     mediante audiencias conciliatorias previas a toda tramitación
     judicial, en las cuales se hará conocer a las partes sus obligaciones
     y derechos a fin de lograr su solución.


                              SUBPROGRAMA: 1.02.03

I)   Nombre del Subprograma:

     Estudio e Información sobre Salarios y Condiciones del Trabajo y
     Promoción de la Relaciones Laborales.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección de Salarios y Relaciones Laborales.

III) Descripción:

      Este Subprograma tendrá a su cargo la recopilación, análisis y
     distribución de datos fidedignos sobre las condiciones del trabajo,
     de salarios, las lesiones profesionales, productividad y la evolución
     de las relaciones laborales esenciales para la negociación colectiva.
     Está implícito en ello la recopilación de todos los datos de otro
     tipo que se emplearán tanto para mejorar las operaciones como para
     recomendar reformas a las leyes del trabajo o a la política laboral.
     También tendrá a su cargo la divulgación de esos datos entre todos
     los organismos encargados de su aplicación y/o control y el público
     en general.

      Promocionará asimismo relaciones laborales firmes y brindará
     asistencia para el arreglo de conflictos colectivos de trabajo.


                              SUBPROGRAMA: 1.02.04

I)   Nombre del Subprograma:

     Contralor de la Legislación Laboral y de la Seguridad Social.

II)  Unidad Ejecutora:

     Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.

III) Descripción:

      Es cometido específico de este Subprograma, el contralor de la
     correcta aplicación de la legislación laboral y de la Seguridad
     Social, la protección de los trabajadores en el ejercicio de su
     profesión por medio de información, divulgación e intervención
     directa, con atención de material, tales como la duración del
     trabajo, descansos, trabajo nocturno, trabajos insalubres, higiene
     y seguridad, protección del salario, etc.

      Propenderá a la investigación de las causas que originan accidentes
     de trabajo y enfermedades profesionales y a la prevención de los
     mismos, por medio de medidas de seguridad e higiene que protejan la
     vida y la capacidad de trabajo del individuo.

      La actividad se cumplirá en todo el territorio nacional y la
     organización administrativa y territorial de los servicios,
     responderá a la preocupación de asegurarles mayor eficacia en su
     actuación.

      Para el cumplimiento de tales actividades procurará la tecnificación
     de los servicios y procedimientos inspectivos y la capacitación
     sistemática del personal, acorde con las nuevas necesidades de
     gestión impuestas por el desarrollo de la industria y el comercio y
     el perfeccionamiento de la legislación.


                         PROGRAMA: 1.03

I)   Nombre del Programa:

     Estudio, Coordinación y Ejecución de la Política de Recursos Humanos.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección Nacional de Recursos Humanos.

III) Integración:

     Servicio Nacional de Empleo; Departamento de Formación Profesional y
     Aprendizaje; Centro Piloto de Rehabilitación Ocupacional.

IV)  Descripción:

     Por este Programa se cumplirán las actividades y tareas relacionadas
     con la dirección, coordinación y ejecución de la política, planes y
     programas que correspondan al Ministerio de Trabajo y Seguridad
     Social en materia de Recursos Humanos y Empleo en todo el territorio
     nacional.

      Estimulará la elevación de los niveles de empleo mediante el estudio
     y planeamiento de métodos y la ejecución de programas de orientación,
     formación, aprendizaje, rehabilitación profesional y colocación ya
     sea directamente o en colaboración con otros organismos públicos o
     privados.


                              SUBPROGRAMA: 1.03.01

I)   Nombre del Subprograma:

     Dirección y Coordinación.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección Nacional de Recursos Humanos.

III) Descripción:

     A través de este Subprograma se planifica, dirige, coordina y
     supervisa el cumplimiento de los cometidos asignados a la Dirección
     Nacional de Recursos Humanos y el funcionamiento de las unidades de
     su dependencia y se brinda asesoramiento en las materias de su
     competencia a la autoridad superior.

      Cuenta con el asesoramiento de unidades especializadas en materia
     contable, legal y técnica.

      Funcionará, asimismo, el Departamento de la Mujer investigando y
     estudiando los regímenes de protección de la mujer trabajadora, a
     fin de hacer efectivo el cumplimiento de la legislación laboral y
     social y de prestar asesoramiento en las materias de su competencia a
     las reparticiones y servicios del Ministerio. (*)
   
                              SUBPROGRAMA: 1.03.02

I)   Nombre del Subprograma:

     Intermediación en el Mercado de Trabajo, Control de la Desocupación
     y el Subempleo y Desarrollo de Políticas de Empleo.

II)  Unidad Ejecutora:

     Servicio Nacional de Empleo.

III) Descripción:

      A este Subprograma le corresponde la organización, dirección y
     contralor del funcionamiento de los sistemas de empleo de
     conformidad con lo dispuesto en la ley 14.312 de 10 de diciembre
     de 1974.

                              SUBPROGRAMA: 1.03.03

I)   Nombre del Subprograma:

     Coordinación y Promoción de los Programas de Actividades de Formación

     Profesional y Aprendizaje.

II)  Unidad Ejecutora:

     Departamento de Formación Profesional y Aprendizaje.

III) Descripción:

      Mediante este Subprograma se propende a la formulación, coordinación
     y desarrollo de programas de Formación Profesional y Aprendizaje.
     Propiciará, asimismo, la aplicación de normas referentes a las
     materias de su competencia a través de los servicios inspectivos del
     trabajo.

                              SUBPROGRAMA: 1.03.04

I)   Nombre del Subprograma:

     Readaptación y Rehabilitación Ocupacional de Personal con
     Deficiencias Físicas.

II)  Unidad Ejecutora:

     Centro Piloto de Rehabilitación Ocupacional.

III) Descripción:

      A través de este Subprograma se promoverá la readaptación de
     aquellas personas que por deficiencias físicas se encuentran
     improductivas, impartiéndoles una instrucción apropiada para
     reincorporalas a la fuerza de trabajo.


                         PROGRAMA: 1.04

I)   Nombre del Programa:

     Estudio, Coordinación y Ejecución de la Política de la Seguridad
     Social.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección Nacional de la Seguridad Social.

III) Integración:

     División Control y Coordinación de la Seguridad Social; Instituto
     del Servicio Social.

IV)  Descripción:

     Por este Programa se cumplirán las tareas relacionadas con la
     coordinación y contralor de la política, planes y programas de la
     Seguridad Social controlando su aplicación y coordinando la acción de
     los organismos encargados de su ejecución en todo el territorio
     nacional.

      Asimismo, se investigará y coordinará la asistencia social tendiente
     a su racionalización y ordenación.


                              SUBPROGRAMA: 1.04.01

I)   Nombre del Subprograma:

     Dirección y Coordinación.

II)  Unidad Ejecutora:

     Dirección Nacional de la Seguridad Social.

III) Descripción:

     A través de este Subprograma se planifica, dirige, coordina y
     supervisa el cumplimiento de los cometidos asignados a la Dirección
     Nacional de la Seguridad Social y el funcionamiento de las Unidades
     de su dependencia y se brinda asesoramiento en las materias de su
     competencia, a la autoridad superior.

      Cuenta con el asesoramiento de unidades especializadas en materia
     contable, legal y técnica.


                              SUBPROGRAMA: 1.04.02

I)   Nombre del Subprograma:

     Control y Coordinación de la Seguridad Social.

II)  Unidad Ejecutora:

     División de Control y Coordinación de la Seguridad Social.

III) Descripción:

      A este Subprograma se coordinará y controlará la ejecución de la
     política, planes y programas fijados en materia de Seguridad Social,
     por los organismos encargados de su ejecución, controlando su gestión
     y el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
     vigentes y proponiendo las normas y orientaciones que deberán ajustar

     la actuación de los representantes del Ministerio y el Poder
     Ejecutivo en dichos organismos.

      Asimismo realizará estudios e investigaciones en materia de
     Seguridad Social y proyectará los sistemas y normas relativas a los
     riesgos y beneficios de cargo de la Seguridad Social.


                              SUBPROGRAMA: 1.04.03

I)   Nombre del Subprograma:

     Coordinación de la Asistencia Social.

II)  Unidad Ejecutora:

     Instituto del Servicio Social.

III) Descripción:

      A través de este Subprograma se cumplirán las tareas de
     coordinación de la asistencia social, tendientes a su racionalización
     y ordenación, apoyando en la materia de su competencia a las
     instituciones vinculadas a la seguridad social a través del
     asesoramiento, la participación y la colaboración en sus
     actividades.




(*)Notas:
Subprograma 1.03.01 inciso final redacción dada por: Decreto Ley Nº 14.985 
de 28/12/1979 artículo 111.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 14.489 de 23/12/1975 artículo 1.

Artículo 2

Dependerán jerárquicamente de la Dirección General del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, la Dirección Nacional del Trabajo de la que
dependerán la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, la
Dirección de Regulación del Salario y Relaciones Laborales y el Centro de
Asesoramiento y Asistencia Jurídica en Materia Laboral; la Dirección
Nacional de la Seguridad Social de la que dependerán los servicios del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con cometidos de asesoramiento y
coordinación en la materia y el Instituto del Servicio Social; y la
Dirección Nacional de Recursos Humanos de la que dependerán el Servicio de
Mano de Obra y Empleo y el Servicio Nacional del Empleo (SENADEMP).

 El Poder Ejecutivo deberá dictar los Reglamentos Orgánico-Funcionales de
los servicios que se crean.

Artículo 3

Facúltase al Poder ejecutivo para efectuar la distribución de las partidas
de retribuciones personales, de gastos y cargos vigentes, entre los nuevos
Programas aprobados por la presente ley.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

   BORDABERRY - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - VALENTIN ARISMENDI
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