AJUSTE DE PARTIDAS DESTINADAS A GASTOS DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO CIVICO NACIONAL, PERIODO 1972 - 1976




Promulgación: 23/12/1975
Publicación: 31/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1821
                          AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Artículo 1

Refuérzase en N$ 1:200.000 (nuevos pesos un millón doscientos mil) la
partida que el Poder Ejecutivo está autorizado a disponer de Rentas
Generales, de acuerdo al artículo 1º de al ley 14.127, de 17 de mayo de
1973, con destino a los gastos inscripcionales que demande el lapso de
inscripción en el Registro Cívico Nacional, durante el período 1972-1976.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

  BORDABERRY - VALENTIN ARISMENDI - DANIEL DARRACQ
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