CREACION Y COMETIDOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PESCA




Promulgación: 18/12/1975
Publicación: 24/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1756
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Dicho órgano, dependiente del Ministerio de Agricultura y Pesca, tendrá a
su cargo la orientación, asesoramiento, fomento, desarrollo y control en
todos sus aspectos, de la actividad pesquera e industrias derivadas tanto
en el plano privado como público, a nivel nacional y local, a cuyos
efectos en el Inciso 7 se creará el Programa correspondiente, sin
perjuicio de lo determinado en el artículo 197º de la ley 14.416, de 28 de
agosto de 1975.
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