CAPITULO XI INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 262
Autorízase al Consejo Directivo del SODRE (Servicio Oficial de Difusión
Radio Eléctrica) a establecer el régimen de ocho horas diarias de labor
para los funcionarios del Programa 1.14 "Organización de Espectáculos
Artísticos y Administración de Radio y Televisión Oficiales".
Créase a tal fin, una Partida de N$ 500.000 (quinientos mil nuevos
pesos).