Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional para que por el Comando
General del Ejército, por una sola vez, y con la finalidad de proveer los
cargos existentes a la fecha en el grado de Alférez de Intendencia se
llame a los Sargentos 1os. Combatientes con más de un año de antigüedad
en el grado, que aspiren a realizar el curso para alcanzar el de Alférez
de Intendencia.