{  "tipoNorma" : "Decreto Ley" 
  ,"nroNorma" : "14366" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "CONMEMORACION CIVICO LITERARIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/05/13/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/04/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/05/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 966 
  } 
  ,"vistos" : "                         \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Declárase conmemoración cívico-literaria el año 1975, con motivo de\r\ncumplirse el centenario del nacimiento de Julio Herrera y Reissig, María\r\nEugenia Vaz Ferrerira y Florencio Sánchez.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Institúyense tres concursos de estudios críticos sobre:\r\n\r\n1)   Vida y obra de Julio Herrera y Reissig.\r\n\r\n2)   Vida y obra de María Eugenia Vaz Ferreira.\r\n\r\n3)   Vida y obra de Florencio Sánchez. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículos:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-ley/14366-1975/3\" >3</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-ley/14366-1975/8\" >8</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " Institúyense para cada uno de los concursos a que se refiere el artículo\r\nprecedente, un primer premio de $ 5:000.000 (cinco millones de pesos), un\r\nsegundo premio por $ 2:500.000 (dos millones quinientos mil pesos) y un\r\ntercer premio de $ 1:000.000 (un millón de pesos), que se otorgarán a los\r\nautores a cuyas obras se hubieren adjudicado cada una de estas\r\ndistinciones. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-ley/14366-1975/7\" >7</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : " Cométese a la Comisión editora de la \"Biblioteca Artigas de Autores\r\nClásicos Uruguayos\", creada por el artículo 14 de la ley 11.473 de 10 de\r\nagosto de 1950, la publicación de las obras completas de Julio Herrera y\r\nReissig, María Eugenia Vaz Ferreira y Florencio Sánchez.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/5" 
 ,"textoArticulo" : " El Ministro de Educación y Cultura promoverá ante la Intendencia Municipal\r\nde Montevideo el emplazamiento del monumento a Florencio Sánchez en un\r\nsitio acorde con la significación del personaje.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/6" 
 ,"textoArticulo" : " La Dirección General de Correos realizará una emisión de sellos postales\r\ncon las efigies de Julio Herrera y Reissig, María Eugenia Vaz Ferreira y\r\nFlorencio Sánchez.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/7" 
 ,"textoArticulo" : " Los premios que se otorguen a los triunfadores en los concursos dispuestos\r\npor el artículo 3º de esta ley serán entregados por el Ministerio de\r\nEducación y Cultura en un acto académico, en el lugar que el Poder\r\nEjecutivo determine.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/8" 
 ,"textoArticulo" : " Cométese a la Academia Nacional de Letras la organización de los concursos\r\ninstituidos por el artículo 2º de esta ley y la publicación de los\r\nestudios distinguidos con el primer premio.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/9" 
 ,"textoArticulo" : " El Ministerio de Educación y Cultura coordinará con el Consejo Nacional de\r\nEducación la forma de impartir durante el presente año en todos los cursos\r\nde disciplinas afines, una enseñanza especial sobre los autores cuyos\r\naniversarios se conmemoran.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/10" 
 ,"textoArticulo" : " Las erogaciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo que esta\r\nley dispone, serán imputadas a los rubros correspondientes al \"Fondo de\r\nActividades Culturales\", creado por el artículo 244 de la ley 14.189 de\r\n30 de abril de 1974.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "11" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 11" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos-ley/14366-1975/11" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - DANIEL DARRACQ - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ADOLFO CARDOSO\r\nGUANI\r\n " 
 }