APROBACION DE NORMAS REFERENTES A EMBARCACIONES NACIONALES O EXTANJERAS HUNDIDAS, SEMIHUNDIDAS O VARADAS




Promulgación: 21/03/1975
Publicación: 09/04/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 566
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 24

Las disposiciones de la presente ley no alcanzan a las operaciones de
salvamento y asistencia de buques, previstas en el Libro III Título XIII
del Código de Comercio, en los Tratados y Convenciones Internacionales de
los que sea parte la República.
Ayuda