DECLARACION DE INTERES PUBLICO EL DESARROLLO DEL TURISMO. LEY DE TURISMO




Promulgación: 23/12/1974
Publicación: 02/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1734
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - INFRACCIONES SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Artículo 26

   Vencido el término a que se refiere el artículo anterior, y previos 
los trámites y asesoramientos que puedan corresponder, la Dirección 
Nacional de Turismo dictará resolución dentro del término de veinte días 
hábiles. 
Referencias al artículo
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