Otórgase a la señora María Esther Caubarrere de Martínez Lamas, viuda del doctor Julio Martínez Lamas, una pensión graciable de $ 200.000 (doscientos mil pesos) mensuales y acumulable a las que legalmente puedan corresponderle.
La pensión que se le concede será servida por Rentas Generales.
Déjase sin efecto el beneficio por concepto de pensión graciable que por ley anterior le hubiere correspondido a la titular de la presente.
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS