Declárase de utilidad pública de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 32 de la Constitución de la República, la expropiación de los bienes inmuebles necesarios para la construcción de un complejo deportivo en el Departamento de Flores.
Esta ley regirá a partir de la fecha de su promulgación por el Poder Ejecutivo.
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - EDMUNDO NARANCIO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - EDUARDO CRISPO AYALA