LEY DE ESTUPEFACIENTES. LISTAS I Y II DE LA CONVENCION UNICA DE NUEVA YORK. LISTA I SOBRE SUSTANCIAS SICOTROPICAS VIENA. MEDIDAS CONTRA EL COMERCIO ILICITO DE DROGAS




Promulgación: 31/10/1974
Publicación: 11/11/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1135
Reglamentada por:
      Decreto Nº 282/020 de 05/10/2020,
      Decreto Nº 398/999 de 15/12/1999,
      Decreto Nº 454/976 de 20/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO X

Artículo 65

   Todos los que alegaren tener un interés legítimo sobre los bienes, productos o instrumentos, podrán comparecer ante el Juez de la causa, el que los escuchará en audiencia de conformidad con los principios
del debido proceso legal, con noticia de la defensa en su caso, y del
Ministerio Público, los que podrán comparecer en ese acto. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 17.016 de 22/10/1998 artículo 5.
Referencias al artículo
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