FIJACION DE AUMENTOS DE LOS TITULARES DE MAS DE UNA PASIVIDAD DE CARGO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 31/10/1974
Publicación: 07/11/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1133

Artículo 3

Las jubilaciones y pensiones ya concedidas quedan sometidas a la incompatibilidad que se establece en los artículos precedentes, desde el día 31 de diciembre de 1974, pero su aplicación no originará en esos casos, disminución del monto que se estuviere percibiendo a esa fecha.

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