FIJACION DE AUMENTOS DE LOS TITULARES DE MAS DE UNA PASIVIDAD DE CARGO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 31/10/1974
Publicación: 07/11/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1133

Artículo 2

El aumento se liquidará en la pasividad sometida a un régimen especial de movilidad, por el monto que corresponda a ésta, y de haber más de una de ese carácter, en la de mayor cuantía, salvo el derecho del interesado de optar por la que más le convenga.

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