DISTRIBUCION DEL PRODUCTO DE LA VENTA DE ESTAMPILLAS CONSULARES EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LA LEY 14.231




Promulgación: 31/10/1974
Publicación: 07/11/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1130

Artículo 1

Declárase que la distribución del producto de la venta de estampillas consulares, en la forma establecida por la ley 14.231, de 23 de julio de 1974, será retroactiva a la fecha en que el Ministerio del Interior, por intermedio de las Jefaturas de Policía, comenzó a expedir pasaportes, conforme a lo dispuesto por el decreto 787/973, de 19 de setiembre de 1973.

Artículo 2

Comuníquese, etc.


BORDABERRY - Coronel HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS

Ayuda