FUNCIONARIOS PUBLICOS. SEGURIDAD SOCIAL. PASIVIDADES




Promulgación: 31/07/1974
Publicación: 08/08/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 306

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1974 el plazo establecido por 
el inciso 2.o del artículo 38 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, para acogerse a los beneficios del artículo 578 de la ley 14.106, de 14 
de marzo de 1973. 
   Decláranse comprendidos en lo dispuesto en el inciso anterior a los 
funcionarios que pertenecen al Inciso 1 (Poder Legislativo). 

Referencias al artículo

BORDABERRY - Coronel HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - WALTER RAVENNA - EDMUNDO NARANCIO - EDUARDO CRISPO AYALA 
- HECTOR BUELA - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO - JULIO EDUARDO AZNAREZ - FEDERICO SONEIRA

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