LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS




Promulgación: 11/07/1974
Publicación: 22/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 110
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   La presente ley entrará en vigencia el 1º de agosto de 1974. El Poder
Ejecutivo dispondrá lo necesario para que su publicación en el "Diario Oficial" se realice simultáneamente a la que, sobre la misma materia, promulgó el 4 de julio de 1974.

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